BUENOS AIRES - La Justicia Federal de San Martín avanza en la recolección de datos para castigar a los militares de la última dictadura que se ensañaron con Testigos de Jehová detenidos ilegalmente, muchos de los cuales sufrieron tal terror que se niegan a hablar por temor a ser «perseguidos nuevamente».
Así se desprende de un informe de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), que cobra relevancia por la decisión del Ministerio de Justicia que recientemente reconoció que a esos creyentes, privados de la libertad entre 1974 y 1983, les corresponde la misma reparación económica que a los presos políticos de la dictadura.
Hubo «órdenes secretas emanadas de las tres Fuerzas Armadas y diversos protocolos descubiertos luego de analizar las conductas seguidas sistemáticamente en más de 540 casos», dice el informe recibido por el abogado Ernesto Moreau, que representa desde a la APDH en la demanda contra el Estado por el sometimiento a servidumbre de Testigos de Jehová.
Hubo 540 fieles detenidos por negarse a cumplir el servicio militar y otros 4 mil que
-entre 1971 y 1984- terminaron presos.
El capítulo de los «Testigos de Jehová» quedó anexado a la llamada «causa Riveros», que se sigue en la Justicia Federal de San Martín, para intentar esclarecer cómo se operaba en el centro clandestino de detención de Campo de Mayo. Según el oficio al que accedió DyN, «desde 1998 hasta la fecha, personalmente o por medio del grupo de trabajo que coordino, se han recibido unos 540 testimonios de Testigos de Jehová detenidos arbitrariamente entre el 6 de noviembre de 1974 y el 10 de diciembre de 1983».
«El carácter sistemático de la persecución producida contra un grupo nacional en razón de su fe y ejercicio religioso, seguido de detenciones arbitrarias de más de 40 meses promedio, torturas y persecuciones en miles de casos constituye un crimen de lesa humanidad que aún se mantiene impune», se señala.
Pero admitió que «el Estado nacional ha reconocido la persecución de este grupo nacional en el Plan Nacional Contra la Discriminación y en la reciente resolución del caso Guagliardo al reconocérsele derecho a la reparación conforme Ley 24.043». «Este reconocimiento, base fundamental de la reparación, debe complementarse con el juicio a los responsables, por cuanto estos crímenes no pueden ser indultados ni amnistiados y son imprescriptibles», dice el oficio.
El informe destaca que «del universo analizado han sido detectados unos 18 casos de detenidos en el centro de detención clandestino de Campo de Mayo», y precisa que «el terror padecido entonces y el miedo a ser perseguidos nuevamente ha provocado en algunos de ellos pérdida de memoria». «Sin embargo, por medio de quienes recuerdan y se han atrevido a hablar, se ha reconstruido parte de la historia de este centro de exterminio», enfatiza el oficio.