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La Justicia condenó al municipio a indemnizar a familia de turista ahogado
En el balneario no había guardavidas desde el día anterior al accidente
MAR DEL PLATA - El juez en lo Civil y Comercial Ricardo Zuccherino ordenó al municipio de General Alvarado y a propietarios y concesionarios de un balneario de Miramar a indemnizar a la esposa y los tres hijos menores de un turista que se ahogó el 17 de marzo de 1996.
El juez condenó a la comuna, a la empresa «Dazeo Hnos.» y al particular que se había hecho cargo de la explotación del balneario con conocimiento de la Municipalidad, de modo que la demandante podrá reclamarle el pago de la indemnización fijada en 357.000 pesos a cualquiera de ellos.
En la causa quedó acreditado que en el balneario no había guardavidas, pese a que deberían haber prestado servicios hasta el 31 de marzo, según consignó en la edición del matutino marplatense La Capital.
En su descargo, la Municipalidad de General Alvarado intentó responsabilizar al bañista y a la empresa Dazeo Hermanos y esta firma, a su vez, culpó al concesionario.

El día trágico

Los hechos se produjeron alrededor de las 13.30 de aquel día, cuando Sergio Montaleón (33), oriundo del Gran Buenos Aires, se introdujo en el mar en uno de los balnearios de playa Copacabana, situada a pocos kilómetros del acceso a Miramar.
Minutos después, dos personas que se hallaban en la playa observaron que el turista estaba a unos 300 metros de la costa y que agitaba los brazos en demanda de auxilio.
Los testigos se internaron en las aguas luego de tomar un carretel que había dejado en el lugar el guardavidas del balneario, quien había dejado de prestar servicios el día anterior.
Estas personas lograron sacar de las aguas a Montaleón, que se hallaba en grave estado y poco después concurrió un guardavidas de un balneario situado a 300 metros, quien le hizo tareas de reanimación pero al ser trasladado al en un patrullero murió en el trayecto al hospital.
En su descargo, la comuna de General Alvarado intentó responsabilizar al bañista por su presunta imprudencia al ingresar al mar cuando no había guardavidas y a la firma “Dazeo Hermanos”, propietaria del balneario.
La firma a su vez culpó a un particular que se había hecho cargo de la explotación del balneario con conocimiento de la Municipalidad. Zuccherino condenó a los tres, al municipio, a la empresa y al particular, la demandante puede reclamar el pago a cualquiera de ellos.

 
 




 
 
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